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I.E.S. Las Galletas
C/. Berenice 3.
Urbanización La Estrella.
38.631 Las Galletas, Arona.
SANTA CRUZ DE TENERIFE,
ESPAÑA.

Teléfonos:
922.73.38.04
922.73.24.99
Fax: 922.78.44.38

Correo electrónico: 38011844@gobiernode
canarias.org



Jefatura de Estudios

Jefatura de Estudios



Jaime Padrón Castañeda
(Jefe de Estudios de turno de mañana)

Gregorio Rodríguez García
(Jefe de Estudios Adjunto)


Ricardo Delgado Viera
(Jefe de Estudios de turno de tarde)

Las competencias de los Jefes de Estudio son:

  1. Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.

  2. Velar por la ejecución de las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias del profesorado y alumnado en relación con el proyecto educativo del centro, los proyectos curriculares de etapa y la programación general anual, coordinando las tareas de los
    equipos de ciclo, de los jefes de departamento, de los tutores y del profesorado especialista de apoyo a las necesidades educativas especiales. Coordinar, conjuntamente con el departamento de orientación, si lo hubiera, el plan de acción tutorial y el plan de orientación educativa, así como las actuaciones de los componentes de los equipos psicopedagógicos y de los otros servicios que inciden en el centro.

  3. Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos del alumnado y del profesorado, de acuerdo con las directrices establecidas por la Administración educativa, con los criterios aprobados por el claustro y con el horario general incluido en la
    programación general anual, así como velar por su estricto cumplimiento, organizando la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y en las otras actividades no lectivas, ejecutando las directrices emanadas del claustro y poniendo en marcha los mecanismos establecidos que
    contemplen los supuestos de ausencias cortas del profesorado, atención a alumnos accidentados y cualquier eventualidad que incida en el normal funcionamiento del centro.

  4. Coordinar los procesos de evaluación, así como la respuesta del centro a la diversidad del alumnado, a las necesidades educativas especiales y a los proyectos de diversificación curricular.

  5. Favorecer la convivencia en el centro y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo establecido en el reglamento de régimen interior y normas de convivencia y los criterios determinados por el consejo escolar.

  6. Colaborar con el coordinador de formación del centro, en la coordinación de las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas en el centro.

  7. Participar en el proceso de elaboración del proyecto educativo del centro, de la programación general anual y del reglamento de régimen interior y normas de convivencia del centro.

  8. Establecer el procedimiento para el control de las faltas de asistencia del alumnado y proponer los criterios para la comunicación al ayuntamiento respectivo de los casos de absentismo escolar significativo de los menores escolarizados, conforme lo establecido en el artº. 19 de la Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores.

  9. Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director dentro del ámbito de sus competencias.


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