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I.E.S. Las Galletas
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Comisión de Coordinación Pedagógica

Comisión de Coordinación Pedagógica

En los institutos de educación secundaria se constituirá una Comisión de Coordinación Pedagógica, que estará integrada por el director, que será su presidente, el jefe de estudios y, en su caso, los jefes de estudios adjuntos, los jefes de departamentos y el coordinador de formación, los profesores de ámbito y el orientador, actuando el jefe de departamento de menor edad como secretario.

La comisión de coordinación pedagógica tendrá, en relación con la autonomía pedagógica de los institutos regulada en el Capítulo I del Título IV del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria (BOC 198/107 de Lunes 24 de Agosto de 1998), las siguientes competencias:

  • Coordinar y establecer el procedimiento para la elaboración y evaluación de los proyectos curriculares de etapa, asegurando su coherencia con el proyecto educativo del instituto y la programación general anual, y elevarlos al claustro de profesores para su aprobación, velando por su cumplimiento en la
    práctica docente.
  • Coordinar las directrices generales para la elaboración de las programaciones didácticas de los departamentos, del plan de orientación académica y profesional, del plan de oferta de enseñanzas y del plan de acción tutorial, incluidos en el proyecto curricular de etapa, así como elevar al consejo escolar una memoria sobre su funcionamiento al final del curso.
  • Valorar los programas de diversificación curricular y de garantía social que se realicen en el instituto y elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades educativas especiales.
  • Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación y el calendario de exámenes o pruebas extraordinarias, de acuerdo con la jefatura de estudios.
  • Coordinar la elaboración, puesta en marcha y evaluación del programa de actividades docentes, programaciones y plan de formación, de acuerdo con la propuesta del claustro, al que se le presentará para su aprobación.
  • Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los propios órganos de gobierno del centro o de la Administración educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.

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